INTOCABLE EL REGLAMENTO DE AGUA POTABLE

INTOCABLE EL REGLAMENTO DE AGUA POTABLE


Por Juan Miguel Ramírez Sánchez

Estamos a menos de tres meses para iniciar la elección de los responsables de los Comités Rurales de Agua Potable y saneamiento de las comunidades de Celaya y por lo que se ve, el ayuntamiento no ha contemplado, ni quiere reformar el Reglamento de Agua Potable, Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales en las Comunidades Rurales del Municipio de Celaya, Gto.
Dos hechos hicieron creer que se modificaría el Reglamento de Agua. Uno, la importancia de la democracia participativa, de cómo la población participa en la designación de los integrantes de los Comités Rurales de Agua, mediante asambleas específicas donde democráticamente eligen al Comité que los representará por 3 años. Sí, los Comités Rurales de Agua Potable y Saneamiento son un modelo de gestión de servicios de aplicación local y comunitaria, de democracia participativa.
Dos, después de haber disuelto el Comité Rural de Agua e iniciado el despojo del agua a la comunidad de Rincón de Tamayo por parte de JUMAPA, con el aval de la mayoría de los integrantes del ayuntamiento, que provoco amenazas, intimidaciones y abusos de la policía municipal: golpes a integrantes de las familias, encarcelamientos a personas de la tercera edad, a mujeres embarazadas y jóvenes. Solo por defender su derecho al agua.
Se esperaba, que cuando menos, los integrantes del municipio agregaran al reglamento actual, otros objetivos, como podría ser: Administrar eficientemente sus recursos financieros y mantener en buenas condiciones el equipamiento e instalaciones de agua potable, alcantarillado y saneamiento (plantas tratadoras o lagunas de oxidación).
Propusieran en las atribuciones del Secretario del Ayuntamiento y Tesorero Municipal: Autorizar conjuntamente los libros de estados financieros y recibos de pago, que presenten los integrantes del Comité de administración; Otorgar accesoria jurídica a los comités Rurales de Agua y Saneamiento; Autorizar los libros de Actas, de estados financieros y recibos de pago; Requerir los libros financieros, para realizar auditorías anuales; Determinar las sanciones que en materia fiscal se deriven de las auditorias. Entre otras.
Por decir otro ejemplo, en el artículo 30 se podría proponer: No tener antecedentes penales por delito grave; No ser gestor ni promotor de ninguna índole. Hay infinidad de áreas a mejorar en el reglamento.
La autoridad municipal no ha tenido la voluntad política, ni ha querido implementar nuevos mecanismos de coordinación social. Buscar que el problema de la gestión colaborativa y cooperativa del agua entre los Comités Rurales y el Municipio, es decir, la gobernanza, parta de la realidad. La mejor forma de participación debe estar basada en arreglos formales y con una eficiente prestación del servicio.
Esperemos que el municipio proponga activamente modificaciones que tanto hacen falta al Reglamento de Agua Potable, Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales en las Comunidades Rurales del Municipio de Celaya, Gto.

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