LA CONSULTA DE AMLO ES SÓLO UN DISTRACTOR: PAN
*Exhorta a los ciudadanos a no dejarse engañar, porque la pregunta no va encaminada a juzgar a los expresidentes, se limita al esclarecimiento de hechos y decisiones que pudieron afectar a los mexicanos; Acción Nacional
POR AGP
Celaya, Gto. (11 de julio de 2021).- La consulta ciudadana que propuso el Presidente es un distractor y un engaño a la sociedad; no es para juzgar a los expresidentes, como afirman los de Morena; sólo se limita al esclarecimiento de hechos y decisiones que pudieran haber afectado a los mexicanos, afirmó el dirigente municipal del PAN, quien exhortó a la ciudadanía a no dejarse engañar con esta farsa; asegurando que su partido está de acuerdo en que se juzgue a los expresidentes, pero de acuerdo a la ley, si hay elementos que los incriminen; para ello, no se necesita hacer ninguna consulta.
Rainier Hernández Ruiz enfatizó en que la postura de su partido es clara y apegada a la legalidad: “si hay pruebas de que algún ex presidente e, incluso, el Presidente actual, han cometido algún ilícito, se les abra un proceso penal cumpliendo con las condiciones que establece la ley, sin necesidad de hacer una consulta.
El PAN sostiene que la consulta, propuesta por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, es un simulacro para desviar la atención de los problemas graves que enfrenta su administración que no ha sabido atender y que son un fracaso, como el mal manejo de la pandemia, que ha dejado miles de muertos, y el incremento escandaloso de muertes violentas y feminicidios, que va a terminar siendo la administración más sangrienta, como consecuencia de las decisiones que ha tomado, por lo que también debe ser incluido en la consulta.
PROCEDIMIENTO DE LA CONSULTA CIUDADANA
De acuerdo a lo establecido en la Ley Federal de Consulta Popular, de 2014, que reglamenta el Art. 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que en caso de que la consulta no sea propuesta por el Congreso, sino por el Presidente o los ciudadanos, como en este caso, la trascendencia nacional del tema y pregunta debe ser resueltos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, según el Art. 5, de dicha ley.
En este caso, la Suprema Corte definió lo que se debe preguntar, y ésta no va en relación a si se juzga o no a los expresidentes, sino que se limita preguntar si están de acuerdo en que se inicie una investigación para esclarecer hechos del pasado que pudieron haber afectado a los ciudadanos, dijo Hernández Ruiz, quien añadió que, en la actualidad, las decisiones que más han afectado a la sociedad, han sido las de esta administración en el manejo de la pandemia, en relación a la salud general, y del crimen organizado.
En la misma ley se establece que la organización de la consulta y su promoción corresponde al Instituto Nacional Electoral (INE), especificando que la promoción debe hacerse a través de la televisión y la radio, disponiendo de los tiempos oficiales.
En el párrafo tercero del Artículo 41, prohíbe claramente la intervención de otras personas. Dice: “Ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de los ciudadanos sobre la consulta popular. El Instituto ordenará la cancelación de cualquier propaganda e iniciará el proceso de sanción que corresponda”.
En base a lo anterior, el dirigente municipal del PAN, acusó a los militantes de Morena de estar violando la ley, con la promoción que llevan a cabo por diferentes medios. Incluso, en el jardín principal hay una mesa donde se está diciendo cómo votar; este hecho, además de violar la ley, distorciona el resultado de la consulta.
Hay un gasto de 500 millones de pesos, que en las actuales circunstancias debería destinarse a atender la pandemia o a la compra de los medicamentos de los niños con cáncer, en vez de gastarlos en farsa de consulta, que no va a llevar a nada, sólo a prolongar y ahondar la confrontación entre los ciudadanos, porque a los expresidentes que incurrieron en algún delito hay que juzgarlos, sin necesidad de consulta, pero sí con las pruebas suficientes y de acuerdo al procedimiento establecido en la ley.