AMLO… CORTO DE ENTENDER
G. C. Samayoa Madrigal
La ignorancia en diversas materias fundamentales para la gobernanza, como la economía, la salud, la educación, la seguridad pública, las finanzas, el medio ambiente, el desarrollo urbano, entre otras, sumada a la enemistad con las leyes a las que considera como “puro cuento” no obstante su juramento de observarlas, dan como resultado a un presidente corto de entender y factible de dar tumbos entre la incongruencia, la incompetencia, el desatino, la autoincriminación, la complicidad, el encubrimiento, la corrupción, la impunidad, el insulto y el engaño, entre otros.
Lo anterior deriva de la espectacular y nociva declaración reciente de Andrés López que cimbró a la sociedad entera y sorprendió a la opinión pública internacional, al confesar su convicción de proteger a las bandas delincuenciales, argumentando de que también se trata de seres humanos y como tales está decidido a defender sus vidas, no obstante que son personas que se distinguen por la barbarie… Son inhumanos o sea, “que no tienen o tienen muy poca capacidad de sentir afecto, comprensión y solidaridad hacia las demás personas, ni siquiera cuando sufren”, según lo define el diccionario.
Violan las leyes —lo que seguramente les identifica con el falso mesías y de ahí la simpatía o conmiseración—, son sanguinarios, crueles y despiadados.
Corto de entender…
Lo curioso en este caso es que López siguió los pasos de su principal adversario o enemigo, Felipe Calderón. Éste lanzó a las calles a los militares, pero declarando la guerra al crimen organizado; decisión equivocada, sin lugar a duda… Pero el tabasqueño mantiene a los uniformados en la vía pública, no para continuar el ejercicio bélico, sino para asegurarle protección —así lo aceptó y refrendó Andrés— a los que están matando, torturando, hiriendo, flagelando a los mexicanos… envenenando a la humanidad… a los que están actuando fuera de la ley.
La cortedad de su entender se simplifica irresponsable e ignorantemente en el estribillo de campaña: abrazos, no balazos.
En el caso del crimen organizado y de la delincuencia en general, hay que entenderlo, la ley desde luego que no promueve ni balazos y mucho menos abrazos… El objetivo es, para ponerlo en una forma muy simple: perseguir, aprehender, juzgar y sancionar al delincuente, cuyo destino será la cárcel por un período de permanencia que se determinará según la magnitud del delito y la suma de ocasiones que lo cometió.
La Constitución define como delincuencia organizada a “una organización de hecho de tres o más personas, para cometer delitos en forma permanente o reiterada, en los términos de la ley de la materia”. En el artículo 16 precisa que “cualquier persona puede detener al indiciado en el momento en que esté cometiendo un delito o inmediatamente después de haberlo cometido, poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad civil más cercana y ésta con la misma prontitud, a la del Ministerio Público”. Que es precisamente la labor de apoyo que se requiere del ejército: recorrer las calles y si presencia un hecho delictivo, aprehender al malhechor y entregarlo a la autoridad correspondiente. No es guerra y menos encubrimiento… es persecución.
Si el presidente es corto de entender, alguien se lo debe explicar. Es muy sencillo, si existe la decisión de poner freno al crimen y restaurar la seguridad que tanto demanda la sociedad en general.
Tan sólo es recordarle dos de las obligaciones que le ordena al presidente la Constitución en el artículo 89: “Preservar la seguridad nacional, en los términos de la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente o sea del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación”, fracción sexta. “Facilitar al Poder Judicial los auxilios que necesite para el ejercicio expedito de sus funciones”, fracción duodécima.
Al buen entendedor: el mandatario se debe abstener de estorbar, pues no hacerlo le incrimina como presunto encubridor del crimen organizado, lo cual está previsto en las leyes, precisamente en el Código Penal Federal, que en el artículo 400 establece que por encubrimiento se aplicará prisión de tres meses a tres años y de quince a sesenta días multa.
Es evidente que la “estrategia de seguridad” de López ha fallado, según sufren a diario todos los mexicanos, así que corresponde a la Fiscalía asumir la obligación que le mandata su Ley Orgánica en el artículo segundo: “La Fiscalía General de la República tendrá como fines la investigación de los delitos y el esclarecimiento de los hechos; otorgar una procuración de justicia eficaz, efectiva, apegada a derecho, que contribuya a combatir la inseguridad y disminuirla; la prevención del delito; fortalecer el Estado de derecho en México; procurar que el culpable no quede impune; así como promover, proteger, respetar y garantizar los derechos de verdad, reparación integral y de no repetición de las víctimas, ofendidos en particular y de la sociedad en general”.
De la misma manera le otorga “la facultad de atraer casos del fuero común en los supuestos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tratados internacionales y las leyes aplicables, en los casos en que se demuestre la inactividad o ineficacia de la fiscalía local competente, garantizándose que la investigación y la persecución de los delitos no se fragmente”.
El artículo quinto expone sus funciones, entre las que se encuentran investigar y perseguir los delitos; ejercer la acción penal; intervenir en el proceso de ejecución penal, así como en las acciones de extradición activa y pasiva.
Otro asunto para el binomio Resistencia Civil/Democrática de Sociedad y legislación opositora para exigir al presidente se abstenga de defender a los criminales y presionar a la Fiscalía para que actúe de acuerdo a lo que le ordena su Ley Orgánica.