DE LOS LEGISLADORES FEDERALES QUE PROBABLEMENTE NO LEEN Y OTROS TEMAS

DE LOS LEGISLADORES FEDERALES QUE PROBABLEMENTE NO LEEN Y OTROS TEMAS

“Las palabras de la ley,
deben pensarse como si fueran diamantes.”
Bentham.


JOSE CARLOS GUERRA AGUILERA.

1.- Con prisa, apareció ayer viernes en la tarde, el Decreto del 19 de Febrero, en vigor hoy sábado, en donde se reforman y adicionan 1) EL ARTÍCULO 167 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES; 2) LA LEY GENERAL EN MATERIA DE DELITOS ELECTORALES, 3) LA LEY GENERAL EN MATERIA DE DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS, DESAPARICIÓN COMETIDA POR PARTICULARES Y DEL SISTEMA NACIONAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS, 4) LA LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS, 5) LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS, 6) EL CÓDIGO PENAL FEDERAL, 7) LA LEY GENERAL DE SALUD, 8) DE LA LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA y 9) LA LEY DE VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN.

2.- Mi sorpresa fue encontrar el siguiente artículo que copio:

“Artículo Sexto. – Se reforma el artículo 160, primer párrafo; se adiciona un párrafo tercero al artículo 420, y se derogan las fracciones I y III del artículo 162, del Código Penal Federal, para quedar como sigue:
Artículo 160.- A quien porte, fabrique, importe, venda o acopie sin un fin lícito o con la intención de agredir, instrumentos que puedan ser utilizados para el ataque o la defensa, se le impondrá prisión de uno a seis años y de quinientas a mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, así como el decomiso.
…”
2.2.- El subrayado y las letras negritas son mías.

2.3.- Una primera mirada y reflexión, asombra: A quien porte, fabrique, importe, venda o acopie sin un fin lícito o con la intención de agredir, instrumentos que puedan ser utilizados para el ataque o la defensa (…)”.

2.4.- ¿Como se puede saber, advertir el dolo, la intención dañada de una persona? ¿Sólo por tener un bat, una pelota de beisbol, una lezna, una aguja, un alfiler, un instrumento quirúrgico, que son virtuales instrumentos, es decir objetos fabricados, simples o que, formado por una combinación de piezas, sirven para realizar un trabajo o actividad, soy delincuente?

3.- Otra sorpresa fue encontrar que en el Código Penal Federal que se establece:

“Artículo 480.- …
El juez o la jueza ordenará la prisión preventiva de manera oficiosa a las y los imputados por los delitos previstos en los párrafos segundo y tercero, fracciones I, II y III del artículo 475 de esta Ley.”

3.1.- Y si el juzgador, con todo respeto, ¿no tiene genero definido? El termino creo que se inaugura en esas reformas, ya que la palabra jueza, no había sido, creo, usada, como las hay en España y en los Estados Unidos, en fin…

4.- Los ilegales puntos suspensivos, son otro tema, en donde no hay técnica legislativa, ni obediencia a la LEY DEL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y GACETAS GUBERNAMENTALES, del 24 de diciembre de 1986.

5.- Punto y aparte: ya que el mismo día. en el Decreto del 18 de febrero de 2010, se crea un acuerdo que firma el señor de Palacio y el Secretario de Hacienda en donde se crea al Gobernador de Palacio Nacional, ya que se consideró que “Que Palacio Nacional inició su construcción en 1522, siendo desde dicho año un lugar de referencia donde han residido diversos Gobernantes y Poderes de la Unión en sus distintas etapas históricas de nuestra Nación, así como el lugar en donde se han tomado las decisiones que han marcado el rumbo de nuestra actual forma de Gobierno;
Que el cargo de Gobernador de Palacio Nacional fue importante a mediados de siglo XIX, dado a que era la persona nombrada por el Presidente de la República encargada de resguardar y mantener el recinto en buenas condiciones para el aprovechamiento del Ejecutivo Federal y de las demás áreas administrativas que requiriera la entonces administración pública; (…)”

6.- El que dijo que: lo que sirve para lo que sirve y no sirve para lo que no sirve, se enfermó, lo que prueba muchas cosas. Seguramente esos dos últimos temas serán mas importantes, que el tema principal: el nuevo y peligro artículo 160 del Código Penal Federal, creado por legisladores poco cuidadosos. Mas vale sonreír siempre para que no se considere que tenemos intención de agredir y guardo el bat que me regalaron….

20 de febrero de 2010.

Share This

COMMENTS

Wordpress (0)
Disqus ( )