DE OTRA ESPERA, AHORA DE LA CORTE INTERAMERICANA
JOSE CARLOS GUERRA AGUILERA
7.3 Nadie puede ser sometido a detención o encarcelamiento arbitrarios.
Convención Americana sobre Derechos Humanos
(Pacto de San José)
Artículo 9 Derecho a la libertad y seguridad de la persona
y la inmunidad frente al arresto o detención arbitraria.
Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos
“La Constitución no siempre ha sido
el instrumento empleado para
resolver los conflictos a entre autoridades
y entre estas y los particulares.”
Juan N. Silva Meza
Ex Presidente de la SCJN.
1.- Pues en Brasilia y no en San Jose, Costa Rica; ya que la Corte Interamericana se trasladó allá, se resolvió algo, del tema de la prisión preventiva ya que solo se decidió ahora sobre las medidas provisionales de reparación del daño. Se discutirá en otra sesión el tema importante que nos interesan.
2.- Esperemos que el 5 de septiembre la Corte Mexicana, decida el proyecto del Ministro Aguilar Morales (quien fuera Presidente se la SCJN, después de 30 rondas de votaciones) y en ese evento habrá que pulsar que indicarán los 11 ministros: cómo van reaccionar por al haber sido amedrentados todos por el Presidente de la República: si van a ser leales a él, los nombrados por él y en consecuencia no les importaría el Derecho, sino su fidelidad; o, si alguno para escabullirse, decide abstenerse de votar y omita su voto. Y quienes voten a favor del proyecto del Ministro Aguilar Morales.
3.- Es decir repito, si les importa el Derecho y como consecuencia si les atañe reconocer que nadie puede ser sometido a detención o encarcelamiento arbitrarios. Y por lo mismo que todo individuo tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales nadie podrá ser privado de su libertad, salvo por las causas fijadas por ley y con arreglo al procedimiento establecido en ésta. Es decir, se tienen que cumplir el artículo 7.3 de la Convención de San José, ratificada por México el 12 de noviembre de 1998 y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, al que se adhirió México el 24 de marzo de 1981.
4.- Los Ministros también, al empezar su cargo, votaron por cumplir la Constitución y las leyes que de ella emanen, y los tratados internaciones son parte del sistema jurídico mexicano.
5.- Si no hay unanimidad, será grave. Si votan por miedo, será más grave. Ojalá mantengan la necesaria postura de independencia. Ciertamente “La Constitución no siempre ha sido el instrumento empleado para resolver los conflictos a entre autoridades y entre estas y los particulares.” (…) su función reguladora (…) ha estado supeditada, (…) a la fuerza personal de los gobernantes el turno, (…)” Lo anterior lo refirió el 10 de marzo de 2022, en Madrid, España, el Ex Ministro Juan N. Silva Meza, (él recibió el Premio de Derechos Humanos que otorgó la ONU) también fue Presidente de la SCJN.
6.- Recuerdo cuando en el célebre caso de la desaparición forzada de Rosendo Radilla Pacheco, verdadero parteaguas, en el 2009, cuando se condenó al Estado Mexicano, el presidente Don Guillermo Ortiz Mayagoitía y los ministros analizaron si la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se había excedido o desbordado, Y hubo un pronunciado del académico Ministro Ramón Cossío Díaz, que fue desechado por la SCJN, hasta que en forma no unánime la Corte Mexicana asumió la resolución del caso de condena a México, en la parte que le correspondía al Poder Judicial, por ser parte del Estado Mexicano. Ahí empezó el ascenso en los Derechos Humanos en el país.
7.- Hoy quieren enterrar a los Derechos Humanos.