INTIMIDACIÓN

INTIMIDACIÓN


G. C. Samayoa Madrigal

En una clara actitud intimidatoria, Andrés Manuel López Obrador en pleno abuso del poder que considera le otorga su calidad de presidente de la República, insiste en obtener y publicar información privada del periodista Carlos Loret de Mola, agregándole días después los nombres de Joaquín López-Dóriga, Jorge Ramos y Carmen Aristegui. El fondo es desalentar al representante de Latinus a continuar la investigación de presunto conflicto de interés y lo que de ello pudiera resultar administrativa y penalmente en torno de José Ramón Beltrán, hijo del inquilino de Palacio Nacional, pretendiendo además tender una cortina de humo para evitar que su vástago tenga que rendir cuenta antes los tribunales mexicanos correspondientes.

Como ha sido costumbre desde que asumió la primera magistratura el 1 de diciembre de 2018, López Obrador se desenvuelve al margen de la ley y por encima de ésta. Y en este caso lo refrenda al perder de vista —a propósito o por ignorancia— el Código Penal que en su artículo 219 previene que comete el delito de intimidación:

“El servidor público que por sí, o por interpósita persona, utilizando la violencia física o moral, inhiba o intimide a cualquier persona para evitar que ésta o un tercero denuncie, formule querella o aporte información relativa a la presunta comisión de una conducta sancionada por la Legislación Penal o por la Ley General de Responsabilidades Administrativas”.

El falso mesías perdió por completo la vertical. Frente a varios conflictos que se han registrado en estos tres años de administración relativos a acusaciones o persecuciones, ha convocado en dos sentidos: si los señalamientos son contra sus colaboradores, personas relacionadas con su gobierno o que gozan de sus simpatías, aconseja que presenten denuncia y pruebas a las autoridades correspondientes. Pero si se trata de las sospechas o persecuciones en contra de sus “adversarios” —práctica común en la 4t—, simplemente les exhorta presentarse a las instancias judiciales o investigadoras, alentando de que “el que nada debe, nada teme”.

Aun pudo contenerse con los casos presentados también por Latinus de sus hermanos Pío y Martín recibiendo dudosos “donativos” en efectivo… “que los investiguen”, permitió el presidente… Pero estalló cuando el sujeto a investigar es su hijo José Ramón, se le acabaron argumentaciones, se ofuscó, le ganó la desesperación e inició una “polémica” sobre los ingresos de quien se atrevió a hacer público un hecho que deriva en la presunción de faltas administrativas y delitos de carácter penal.

Este asunto al que se le ha llamado de la “Casa Gris”, debe ser investigado teniendo como marco la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que en su artículo 91 indica que “la investigación por la presunta responsabilidad de Faltas administrativas iniciará de oficio”. Esto quiere decir que, una vez que salió a la luz pública la noticia, la autoridad correspondiente debe proceder a analizar el asunto. Desde luego, también se puede denunciar y a quien lo haga se le mantendrá en el anonimato.

Si José Ramón atiende el consejo de su padre de presentarse, aunque no haya exhorto, pues podrá aplicar el que nada debe nada teme… pero si existiesen elementos, gozaría del beneficio previsto en dicha ley de ahorrarse entre 50 y 70% de la sanción a que pudiera hacerse acreedor. Pero si confiesa una vez iniciado el procedimiento, sólo podrá aspirar a un 30% de descuento.

La sanción económica a la que podría hacerse acreedor, según el artículo 81, “podrá alcanzar hasta dos tantos de los beneficios obtenidos o, en caso de no haberlos obtenido, por el equivalente a la cantidad de cien hasta ciento cincuenta mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”.

Lo anterior, desde luego, si se confirma la falta administrativa grave.

En la misma ley se prevé que si durante el proceso se advierte probable comisión de cualquier otra falta administrativa imputable a la misma persona, se podría solicitar su acumulación. Esto debe tomarse en cuenta por el mensaje escrito por el propio José Ramón sobre su relación laboral con una empresa americana, cuyos propietarios están relacionados con obras del gobierno mexicano y que despertó la presunción de otro acto de conflicto de interés.

Esto es en el terreno administrativo, pero también daría lugar a investigar si se incurrió en algunos delitos que en el Código Penal aparecen como actos de corrupción. Esto agravaría la situación del hijo del presidente.

La desesperada reacción presidencial de ninguna manera le ha sido favorable a José Ramón, al contrario, tal parece que lo quieren hundir. Por un lado, los datos proporcionados en una mañanera por el director de PEMEX, Octavio Romero Oropeza. Y por otro, la pretendida defensa de Andrés Manuel a su amigo Daniel Chávez Morán, dueño de Vidanta.

Con esa ayuda, López Beltrán y esposa no necesitan de enemigos.

Todo ello en el ámbito nacional, pero se extendió a los Estados Unidos después del mensaje de López Beltrán que refiere su situación laboral en el vecino del norte. Allá ya se abrieron investigaciones, según se ha publicado, porque sospechan violaciones a leyes migratorias e, incluso, se teme la posibilidad de fraude.

Un panorama bastante complejo, como para querer resolverlo con polémicas improcedentes impulsadas desde Palacio Nacional. Hay que entenderlo bien, no es ataque a un gobierno o a una administración (4t). No es cosa de quién recibe mayores o menores remuneraciones. No hay motivo para pensar en traición a la patria. Simplemente es rendir cuentas ante las autoridades mexicanas y norteamericanas. Esto se ventila y arregla en tribunales, no en el diálogo circular mañanero, en posicionamiento senatoriales o manifestaciones partidistas.

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