VOTAR… ¡ES OBLIGACIÓN!

VOTAR… ¡ES OBLIGACIÓN!


G. C. Samayoa Madrigal

Votar, constitucionalmente hablando, es, para el ciudadano, un derecho y una obligación.

Léase el artículo 35, que indica que son derechos de la ciudadanía (fracción I) votar en las elecciones populares; (fracción VIII) votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional o regional; (fracción IX) participar en los procesos de revocación de mandato.

Mientras que el artículo 36 señala que son obligaciones del ciudadano de la República (fracción III) votar en las elecciones, las consultas populares y los procesos de revocación de mandato, en los términos que señale la ley.

En aras de ser precisos, estos ordenamientos aluden (artículo 34) a los ciudadanos de la República los varones y mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además, los siguientes requisitos: haber cumplido 18 años y tener un modo honesto de vivir.

Tal decisión del Constituyente se explica y justifica porque (artículo 39) el pueblo —que es el soberano nacional y de quien dimana todo poder público— tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.

Así que aquellos que guardan dudas, temores y se mantienen atrapados por la confusión que les impide tomar la decisión de asistir o no al proceso revocatorio del 10 de abril próximo, no es necesario que busque la respuesta en los comentarios, advertencias y discurso de odio de los especialistas, analistas, comunicólogos, funcionarios o exfuncionarios, comediantes de la noticia, dirigentes políticos, líderes sociales, gobernantes, legisladores y advenedizos.

La respuesta está en la Ley Suprema y ésta no sólo abre la oportunidad a la ciudadanía, sino que le exige participe con su voto en elecciones, consultas y revocación de mandato. Ejercer un derecho sagrado, pero también cumplir con una obligación fundamental para México.

Los que están promoviendo la inasistencia el domingo 10 de abril están desafiando y contraviniendo el texto constitucional… Están fomentando el abstencionismo, fenómeno social que el país ha venido combatiendo —o tratando de combatir— desde hace varias décadas.

El abstencionismo debilita la participación ciudadana y, por lo mismo, crea el ambiente propicio para la aplicación de las mañas y malas artes de la clase política, que generan gobernantes, servidores públicos y legisladores deficientes, indolentes, prepotentes, comprometidos con sus facciones y líderes, desentendidos de las clases populares, divorciados del pueblo, promotores de la corrupción, la ilegalidad y la impunidad, desafiantes del estado de derecho.

Constitución y leyes promueven la participación ciudadana, pues el verdadero contrapeso para los gobernantes… éstos no están solos, ni pueden hacer lo que les viene en gana… tienen que respetar la soberanía y cumplir la funciones que les otorgan las distintas regulaciones, empezando por la Carta Magna. Algunos ejemplos:

La Constitución pondera la participación ciudadana en el proceso revocatorio (artículo 35, fracción IX, inciso 7º); también en el capítulo de la soberanía y de la forma de gobierno, en el artículo 41, Apartado C, numeral 9, con relación a la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados. El Sistema Nacional Anticorrupción, debe contar con un Comité de Participación Ciudadana (artículo 113, fracción II). Incluso compromete a los municipios a asegurar la participación ciudadana y vecinal (artículo 115, fracción II).

La promoción de la participación ciudadana es una de las principales funciones, responsabilidades y obligaciones de los partidos políticos que —ordenan la Carta Magna y la Ley que les regula— “tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y, como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público”.

Hay que insistir a los que dudan: la Ley Suprema concede el derecho, pero también establece la obligatoriedad de votar en el proceso de revocación de mandato. Se debe cumplir cívica y legalmente, debiendo tener en mente que una vez dentro de la casilla, frente a la papeleta y marcador en mano, puede votar libremente por la opción que considere sea conveniente para sí mismo y la sociedad en general.

No admitan presiones. El voto es secreto.

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