*Elección judicial será el 4 junio de 2028
*Paridad en lista inicial y en propuesta de finalistas
*Prisión preventiva oficiosa a extorsionadores
*Derecho constitucional a educación ambiental
*Atenúan reforma de salud en la etapa terminal
APRUEBAN PAQUETE DE REFORMAS CONSTITUCIONALES

Por unanimidad de votos, el Pleno del Congreso del estado aprobó reformas a la Constitución Política del Estado de Guanajuato para regular los procesos de evaluación, postulación y elección de magistrados y jueces en la entidad, que se realizará en el 2028, a la vez que reestructura las instancias del Tribunal de Disciplina Judicial; además amplía el catálogo de delitos con prisión preventiva oficiosa; establece una nueva conformación del Sistema Estatal Anticorrupción; decreta el derecho a la educación sobre el cuidado del medio ambiente y reafirma el principio de soberanía nacional.

Precisan los congresistas en que la Reforma Judicial para la elección de magistrados y jueces, responde a la armonización con las reformas a la Constitución Federal y atiende a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, incluyendo el cambio de fecha para el primer domingo de junio de 2028, con el fin de evitar saturación logística en el 2027, como estaba prevista, con el fin de garantizar un tratamiento diferenciado con las elecciones a cargos de representación popular ordinarios, asegurando que las reformas planteadas fortalecen la confianza ciudadana al dotar de mayor certeza y claridad a los procesos judiciales y administrativos, estructurando una visión de Estado donde la justicia, la sustentabilidad y la eficiencia operativa son pilares de un mismo proyecto democrático, de acuerdo a las posturas de Susana Bermúdez Cano, Rocío Cervantes Barba y David Martínez Mendizábal.

De manera particular, Juan Carlos Romero Hicks, presidente de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, responsable de la elaboración del dictamen, destacó la realización de más de 30 mesas de análisis en parlamento abierto, respondiendo afirmativamente a tres requisitos esenciales: ampliación de derechos, limitación del poder y su integración al Estado.
Reafirmó que los cambios estructuran la reforma constitucional local, armonizando el marco local con las disposiciones nacionales y con los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para brindar certeza jurídica; se establecen las bases para procedimientos de selección públicos, abiertos, transparentes, paritarios e inclusivos, mediante comités de evaluación, y cambia el calendario de la elección judicial local para el primer domingo de junio de 2028.
La convocatoria para integrar la lista de candidaturas se publicará a más tardar el 30 de abril del año anterior al de la elección judicial y los actuales magistrados, que aspiren a un cargo de elección distinto al que ostenten, deberán separarse del cargo mediante renuncia expresa e irrevocable (no precisa el momento, que será materia de las leyes secundarias).

Se modifica de forma sustancial la estructura del proceso, al crear una nueva Comisión Coordinadora, integrada por las personas coordinadoras de los tres Comités de Evaluación de cada Poder, misma que asume la responsabilidad de revisar y verificar, a detalle, los requisitos legales, los conocimientos técnicos, la trayectoria, honestidad y buena fama de los aspirantes, así como definir metodologías y exámenes homologados, además de emitir los acuerdos regulatorios, dejando a los Comités la tarea de seleccionar a las personas mejor evaluadas bajo los criterios unificados; con ello, se elimina la exigencia de presentar un ensayo de tres cuartillas y cinco cartas de recomendación, así como la verificación directa de conocimientos dentro de esa fase inicial y se agrega que los mecanismos de evaluación y selección deberán ser de carácter paritario desde el origen. Asimismo, se declaró inválido el retiro obligatorio a jueces y magistrados a los 75 años.
La reforma del Congreso de Guanajuato reduce el número de preseleccionados y seleccionados finalistas, de una lista de seis a cuatro personas mejor evaluadas, y ajustando la depuración por insaculación de un número indeterminado a sólo dos personas por cargo.

La disposición exige que se garantice la paridad, de manera obligatoria, tanto en la lista previa a la insaculación por materia y territorio, como en el listado final; a la vez, se detallan las reglas precisas de postulación de cada Poder, precisando que la gobernadora o gobernador hará la postulación por el Ejecutivo; el Pleno del Congreso requerirá mayoría calificada de dos terceras partes, por el Legislativo, y el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia decidirá, por mayoría de votos, por el Judicial.
Las reformas precisan que las autoridades electorales no podrán modificar los resultados de la elección, ni la asignación de cargos, una vez que abra el primer periodo ordinario de sesiones y las personas electas hayan tomado protesta.
Para que una persona pueda participar en el proceso de elección se requiere haber residido en el Estado durante un año anterior al día de la publicación de la convocatoria.
Los criterios detallados, las metodologías objetivas y el seguimiento imparcial de resultados, se desarrollarán de forma prioritaria en la Ley Orgánica del Poder Judicial, dentro de la Comisión de Justicia.
La reforma establece que la presidencia del Tribunal de Disciplina Judicial se renovará cada dos años; se elimina la intervención del Supremo Tribunal de Justicia, como instancia de revisión de las resoluciones del Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial del Estado o una Comisión Unitaria.
CATÁLOGO DE DELITOS DE PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA

De igual forma, el pleno del Congreso del Estado aprobó la ampliación del catálogo de delitos que conllevan prisión preventiva oficiosa, al incorporar el abuso o violencia sexual contra menores, el feminicidio, la extorsión, el robo a casa habitación, el uso indebido de programas sociales con fines electorales, la corrupción en la modalidad de enriquecimiento ilícito y las conductas tipificadas en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, como parte de la armonización con las disposiciones federales.
Con esta reforma, aunque es estrictamente constitucional y de armonización vertical, se da respuesta a las familias y comerciantes lastimados en la confianza para emprender y trabajar, por la incidencia de este delito. Sin embargo, se reconoce como un tema prioritario para el estado, que trasciende los colores partidistas, al ser una de las conductas que más lesionan a las familias, al pequeño comerciante y a los trabajadores.

Según Sergio Alajendro Contreras Guerrero, el proyecto adecua la Constitución local al artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuya reforma incluyó expresamente a la extorsión entre las hipótesis que ameritan prisión preventiva oficiosa.
Para brindar plena certeza y claridad en una materia de la extorsión, que incide directamente en la libertad personal, se reconoce que la prisión preventiva por sí sola no resuelve la problemática; para que sea eficaz, se debe acompañar de investigaciones sólidas y del fortalecimiento continuo de las fiscalías; sin embargo, es un mensaje claro de respaldo a la ciudadanía, dotando al Estado de herramientas efectivas para proteger la dignidad y el patrimonio colectivo, frente a quienes recurren a la amenaza y al miedo.
DERECHO AL CONOCIMIENTO AMBIENTAL

También se aprobó la reforma constitucional que eleva a rango constitucional el derecho a la educación para el cuidado del medio ambiente. La reforma establece que toda persona tiene derecho al conocimiento del cuidado del medio ambiente.
Según María Isabel Ortiz Mantilla, presidenta de la Comisión de Medio Ambiente del Congreso, en el dictamen se incluyen dos temas prioritarios para definir el futuro de Guanajuato: el tema educativo y el tema medioambiental, para darle la relevancia que merece la educación ambiental, como herramienta fundamental para sembrar conciencia y transformar los hábitos, pero, sobre todo, como la mejor manera de construir el futuro sostenible en el estado.
Al incluir el derecho al conocimiento del cuidado del medio ambiente, se da la pauta para atender una realidad urgente, como lo es el cambio climático y se incluye, en esa visión, el proceso educativo integral y tener la posibilidad de formarse verdaderamente en la educación ambiental desde las primeras generaciones.
Asimismo, se busca fomentar las capacidades cívicas, fortalecer la corresponsabilidad social y robustecer las decisiones para que, de manera real, se incorporen criterios de sostenibilidad, de racionalidad y de cuidado intergeneracional.
Con estos cambios, la educación ambiental se incluye como un eje transversal de la política pública y se establece el mandato constitucional de corresponsabilidad social para lograr la coherencia entre la política educativa y la política ambiental.

En este contexto, Rocío Cervantes destacó que la incorporación de disposiciones de protección ambiental para preservar el equilibrio de los recursos naturales, es un compromiso ético con las futuras generaciones, y optimiza la coordinación entre autoridades, evitando duplicidades burocráticas, para garantizar que las políticas públicas impacten en la población.
Entre otras modificaciones constitucionales aprobadas, se incorporó una reforma en materia de Soberanía Nacional, en la que establece la no aceptación en México de intervenciones o injerencias extranjeras que afecten la independencia, el territorio y los procesos democráticos. Se reafirma la integración de cláusulas de salvaguarda en estricta concordancia con el principio de soberanía y a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
También se modificó la integración del Sistema Estatal Anticorrupción, en el que se agrega la presencia del Tribunal de Justicia Administrativa.
ATENCIÓN INTEGRAL EN LA ETAPA TERMINAL

El Pleno del Congreso local aprobó reformas a la Ley de Salud del Estado para fortalecer los derechos de las personas enfermas en etapa terminal y garantizar que reciban atención integral, digna y respetuosa en esta etapa de su vida. Se busca que quienes atraviesan una enfermedad en situación puedan recibir atención que contribuya a aliviar el sufrimiento y preservar, hasta donde sea posible, su bienestar y calidad de vida, respetando su integridad física, emocional y moral.
Según el planteamiento que presentó en el pleno Antonio Chaurand Sorzano, presidente de la Comisión Salud, la reforma es un reconocimiento a la dignidad humana, particularmente en una etapa en que requieren no sólo atención médica, sino también acompañamiento profesional y un trato respetuoso. Asimismo, establece que la atención debe desarrollarse bajo principios de respeto, dignidad, acompañamiento profesional y atención integral, con especial énfasis en el alivio del dolor y el acceso a cuidados paliativos.

El dictamen presentado, reconoce un aspecto profundamente humano de la atención a la salud; pero eliminó de la propuesta inicial cualquier referencia a la eutanacia, cuando una enfermedad deja de tener posibilidad de curación; es precisamente en ese momento cuando el acompañamiento, el cuidado y el respeto a la voluntad de cada persona adquiere importancia fundamental.
Considerando que toda transformación avanza paso a paso y este dictamen -como lo presentó- es ese primer paso, aunque pone énfasis en el derecho de toda persona a recibir atención integral con dignidad, respeto y sensibilidad; porque hablar de atención médica, no significa únicamente hablar de procedimientos, medicamentos o tratamientos, sino que significa también reconocer a la persona, escucharla y respetar sus decisiones.
El dictamen incorpora principios éticos, jurídicos y humanitarios que permiten avanzar hacia una concepción más sensible de los servicios de salud

