SÍ, LA LEY ES LA LEY Y SE RESPETA
G.C. Samayoa Madrigal
Por encima de los exabruptos y “rebeldías” presidenciales de un régimen falsamente transformista, en México la ley es la ley y ésta debe ser respetada por todos los mexicanos, incluyendo principalmente al inquilino de Palacio Nacional que se niega a gobernar y se esfuerza en acumular poder para su “movimiento y proyecto 4t” y atesorar riqueza para su parentela, fundamentalmente sus hijos José Ramón y “Andy”, a quienes protege a capa y espada desafiando, ciertamente, a toda regulación.
El comportamiento diario de Andrés Manuel es violatorio de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que es la que indica el comportamiento que deben observar todos y cada uno de los servidores públicos, los cuales usted, amable lector, podrá reconocer gracias al artículo 108 de la Constitución, que apunta:
“Se reputarán como servidores públicos a los representantes de elección popular, a los miembros del Poder Judicial de la Federación, los funcionarios y empleados y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso de la Unión o en la Administración Pública Federal, así como a los servidores públicos de los organismos a los que esta Constitución otorgue autonomía, quienes serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones”.
Visto lo anterior, desde luego y definitivamente, el presidente del país es servidor público, pues es representante elegido popularmente y es titular de la Administración Pública Federal.
Así que López Obrador debe sujetarse al comportamiento que indica la Ley General de Responsabilidades Administrativas en su artículo 7:
“Los Servidores Públicos observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público. Para la efectiva aplicación de dichos principios, los Servidores Públicos observarán las siguientes directrices”… son 13 y de ellas se pueden destacar las que a continuación se mencionan:
“Actuar conforme a lo que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas les atribuyen a su empleo, cargo o comisión…” (para López la “ley es cuento”); “conducirse con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal…” (trabaja para favorecer “su” movimiento); “satisfacer el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población” (antepone a sus familiares y a sus cortesanos); “dar a las personas en general el mismo trato…” (no recibe ni escucha a quienes se quejan, sólo a los que lo alaban; fomenta la división de chairos y fifís); “actuar conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados…” (no hay resultados, sólo fracasos como el de las medicinas, la economía y la seguridad, entre otros).
“Promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos…” (los ignora); “corresponder a la confianza que la sociedad les ha conferido…” (el pueblo se siente defraudado y engañado); “evitar y dar cuenta de los intereses que puedan entrar en conflicto con el desempeño responsable y objetivo de sus facultades y obligaciones…” (comúnmente usurpa funciones públicas, legislativas y judiciales”; “se abstendrán de asociarse con inversionistas, contratistas o empresarios nacionales o extranjeros, para establecer cualquier tipo de negocio privado que afecte el desempeño imparcial y objetivo en razón de intereses personales o familiares, hasta el cuarto grado por consanguinidad o afinidad” (¿qué pasa con José Ramón?); “abstenerse de intervenir o promover… nombramiento o designación para el servicio público de personas con quienes tenga parentesco por filiación hasta el cuarto grado…” (pone a quien quiera, en el puesto que se le hinche la gana, aunque no sepa del asunto, le interesa el 90% de lealtad); “abstenerse de realizar cualquier trato o promesa privada que comprometa al Estado mexicano” (no lo tomó en cuenta en su gira por Centroamérica y el Caribe).
Las autoridades encargadas de vigilar que los servidores públicos cumplan con estas características, están señaladas en el artículo 9 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas: las Secretarías, los órganos internos de control, la Auditoría Superior de la Federación, los Tribunales, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Consejo de la Judicatura Federal y las unidades de responsabilidades de las empresas productivas del Estado.
Una tarea más que puede y debe abordar el binomio de la Resistencia Civil/Democrática conformado, desde que se frenó la ridícula contrarreforma y que hoy defiende la integridad del Instituto Nacional Electoral, por el pueblo y los diputados federales representantes de la oposición: Movimiento Ciudadano, Partido de la Revolución Democrática, Partido Acción Nacional y Partido Revolucionario Institucional.
De lo que se trata, y resulta urgente, es frenar la alocada y disparatada retórica del inquilino de palacio, empeñado en dividir, fomentar el odio, intimidar a la población, ridiculizar al pueblo, engañar a la sociedad y alentar y encubrir la corrupción de su administración…
…Vamos, sujetarlo a la ley… que la respete y la cumpla, como lo prometió el 1 de diciembre de 2018 en el Recinto Legislativo.
¡El pueblo lo demanda!