DE LOS AMIGOS DE LA LEGALIDAD

DE LOS AMIGOS DE LA LEGALIDAD

JOSÉ CARLOS GUERRA AGUILERA.

“Las funciones de un tribunal constitucional trascienden el interés de las partes en conflicto. Por ello, para lograr un mayor acceso a la justicia y promover una mejor y más amplia participación social en la defensa de los derechos fundamentales y las controversias políticas, se debe introducir la figura del amicus curiae en algunos mecanismos procesales existentes (e.g. controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad, contradicciones de tesis e, incluso en ciertas hipótesis, el propio amparo). Existen diversas maneras de lograr este objetivo, discutidas en la sección correspondiente de este Libro Blanco, y que incluyen desde una reforma constitucional hasta modificaciones legislativas. Sin embargo, su implementación también puede lograrse en el corto plazo mediante una decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en esta dirección. En cualquier hipótesis es necesario subrayar que este mecanismo supone el ejercicio de una facultad discrecional del tribunal quien debe determinar en cada caso la manera en que el amicus curiae contribuye a informar su decisión.”

José Antonio Caballero Juárez.

1.- El artículo 44 de de la Convención Americana sobre Derechos Humanos indica que cualquier persona o institución puede presentar un amicus curiae. Los mismos tienen que presentarse por correo electrónico  tramite@corteidh.or.cr, indicando quién lo presenta y por supuesto su firma respectiva.

2.- ¿Qué son los Amici Curiae? Los amici curiae son escritos fundados en Derecho, realizados por terceros ajenos a un caso o a una solicitud de una opinión consultiva que está estudiando la Corte Interamericana, y que de manera totalmente voluntaria brindan su opinión sobre algún aspecto relacionado con el caso, esto para auxiliar con el Tribunal en la resolución de la sentencia relevante.

3.- El texto legal es: Cualquier persona o grupo de personas, o entidad no gubernamental legalmente reconocida en uno o más Estados Miembros de la Organización, puede presentar a la Comisión peticiones que contengan denuncias o quejas de violación de esta Convención por un Estado Parte.”

4.- El tema es importante y propongo que las Universidades, Las Federaciones de los Colegios de Abogados, las Agrupaciones de Derechos Humanos, y los abogados principalmente, agotemos el tema para que en cuanto se promulgue el llamado Plan B, en contra del INE, seamos todos amigos de la democracia y de legalidad y seamos Amici Curiae, para solicitar la inconstitucionalidad de la norma (que aún no se promulga) y que causa agravio a toda la sociedad. 

5.- Seria muy interesante que la Corte de Justicia del país, estuviera si no literalmte inundada, al menos llena de amigos de le legalidad para solicitar la inconstitucionalidad manifiesta de un decreto ordenado por el Ejecutivo Nacional. El amigo seria una herramienta de la democracia deliberativa.

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