Empresarios deben acelerar trámites de créditos

Empresarios deben acelerar trámites de créditos

*Recomiendan preparar documentos para acceder a partir del lunes a la plataforma del gobierno del estado: https://impulsoeconomico.guanajuato.gob.mx/programas.php

POR AGP

CELAYA, GTO. (2 DE MAYO DE 2020).- Al conocer, este viernes, las reglas de operación para los créditos de los programas: “Mi nómina sigue” y “Mi negocio sigue”, dirigentes empresariales de Celaya hicieron un llamado a los dueños de MIPyMES para reunir, a la mayor brevedad, los documentos que les piden para alcanzar financiamiento de los tres mil millones de pesos.
Jesús Torres Ramos, presidente del Consejo Coordinador Empresarial, y Juan Yúdico Herrasti, presidente de Coparmex y miembro del Consejo de Vigilancia de estos programas de apoyo por la emergencia sanitaria, destacaron que es importante ser de los primeros en ingresar su solicitud con la mayor parte de documentos para tener más posibilidades lograr un crédito, pues los recursos son muy limitados.
Entienden que para obtener algunos requisitos van a tener que recurrir con algún notario o a otras instancias, lo cual lleva tiempo, pero quien tenga necesidad va a tener que darle prisa, porque los créditos se van a otorgar conforme al lugar de registro en la plataforma digital, que se habilitará a partir de este lunes 4 de mayo.
No hay que dejar nada para después. A partir del lunes hay que tratar ser de los primeros, porque los primeros en tiempo, tendrán preferencia, si es que son sujetos de crédito y cubren todos los requisitos.

RESUMEN DE LOS REQUISITOS:
https://impulsoeconomico.guanajuato.gob.mx/programas.php

MI NÓMINA SIGUE (financiamiento a MIPyME)

Objetivo:
• Otorgar financiamientos a las personas físicas y morales, con unidades económicas en los sectores secundario y terciario, para que, tales recursos sean destinados al pago de nómina de su plantilla laboral a fin de conservar la misma. El financiamiento aplicará en el tipo de crédito de habilitación o avío. El destino del crédito será para el pago de la plantilla laboral, bajo los siguientes términos: I. Financiamiento equivalente a un máximo de hasta 3 meses del costo de la nómina, sin exceder los montos y parámetros señalados en el Capítulo V, artículo 13, fracción I. II. El crédito se dispondrá hasta en tres (3) ministraciones, la primera a partir de ser autorizado y las subsecuentes al presentar la comprobación del pago de la nómina correspondiente al mes inmediato anterior en el que se aplicaron las ministraciones previas.

Garantías:
• Las personas acreditadas, deberán suscribir un título de crédito correspondiente al denominado Pagaré y un contrato formalizado y ratificado ante notario público e inscrito en el Registro Público de la Propiedad, según corresponda.
Asimismo, se deberán otorgar las garantías siguientes:
I. Una persona aval.
II. Señalar un bien inmueble sobre el que se constituirá garantía hipotecaria en primer lugar de preferencia, fianza otorgada por compañía afianzadora, prenda sobre bienes muebles o carta de crédito Stand By, cualquiera de las cuatro anteriores con proporción de por lo menos uno a uno sobre el crédito solicitado.

Requisitos:
I. Solicitud de financiamiento proporcionada por el Fideicomiso, requisitada y debidamente firmada.
II. Identificación oficial vigente (pasaporte, INE o IFE, cartilla militar o cédula profesional) de las personas físicas solicitantes y de la Persona Aval. Tratándose de personas morales, identificación oficial vigente (pasaporte, INE o IFE, cartilla militar o cédula profesional) del representante legal o apoderado legal.
III. Constancia de Situación Fiscal emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
IV. Comprobante de domicilio del negocio, correspondiente al último recibo de luz pagado, con antigüedad no mayor a 60 días.
V. Tratándose de personas morales, copia simple del acta constitutiva y sus modificaciones inscritas en Registro Público de Comercio, y en su caso, del poder notarial inscrito en Registro Público de Comercio en donde se especifique que el representante o apoderado legal tiene facultad de firmar títulos de crédito, contratos y actos de dominio.
VI. Formato de autorización para obtener reportes de Buró de Crédito (persona solicitante y persona aval).
VII. Información financiera con relación analítica de los dos últimos ejercicios fiscales, y parcial, con antigüedad no mayor a noventa días naturales. Tales documentos deberán estar firmados por un contador público, adjuntando una copia de su cédula profesional, así como por la persona solicitante.
VIII. Otorgar garantía hipotecaria en primer lugar de preferencia; de no ser posible, fianza otorgada por compañía afianzadora, prenda sobre bienes muebles o carta de crédito Stand By, cualquiera de las cuatro con proporción de por lo menos uno a uno sobre el crédito solicitado.
IX. Escritura pública que acredite la propiedad, así como el certificado de libertad de gravámenes con antigüedad no mayor a cuarenta y cinco días naturales y copia del último recibo del pago del impuesto predial al corriente.
X. Avalúo comercial del bien o bienes muebles o inmuebles ofrecidos en garantía con una antigüedad no mayor a 45 días naturales.
Todos los documentos se presentarán en original y copia simple para su cotejo ante el personal del Fideicomiso que reciba la solicitud, a efecto de que sean cotejados, y una vez realizado el cotejo, se devolverán los documentos originales a la persona solicitante.
Para el caso de que la persona solicitante, tenga además un financiamiento vigente en el Fideicomiso o en el fideicomiso denominado «Fondos Guanajuato de Inversión en Zonas Marginadas (FOGIM)» –siempre que no sean de los derivados de la contingencia ocasionada por el COVID 19-, podrá solicitar este crédito siempre y cuando esté al corriente en los pagos de ese otro financiamiento a la fecha de la solicitud.
Para el caso de que la persona solicitante, tenga además un financiamiento vigente en el Fideicomiso derivado de los Programas Emergentes de Financiamiento 2020, podrá solicitar este crédito siempre y cuando esté al corriente en los pagos de ese otro financiamiento a la fecha de la solicitud y no rebase el monto máximo de $2,000,000 (dos millones de pesos 00/100 m.n.).
Lo anterior, siempre y cuando presente capacidad suficiente de pago y endeudamiento.
NOTA: Inicio para recepción de documentos: 4 de mayo 2020.
NOTA: Aplican reglas de operación.

MI NEGOCIO SIGUE (financiamiento a MIPyME)

Objetivo:
• Otorgar financiamiento a las personas físicas y morales con unidades económicas en los sectores secundario y terciario, para que, tales recursos sean destinados a la adquisición de insumos y capital de trabajo. El financiamiento del Programa aplicará en el tipo de crédito de Habilitación o Avío, Refaccionario o simple no revolvente, ni reinstalable, bajo la figura de garantía hipotecaria o prendaria según corresponda. El destino del financiamiento deberá ser para capital de trabajo.
En caso de que se requiera destinar parte del financiamiento de capital de trabajo para pago de nómina, éste deberá atender lo siguiente: I. Se podrá destinar como máximo el 25% del total del financiamiento para este concepto. II. El monto mencionado en la fracción anterior no deberá ser superior al monto que determine la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, considerando como base el promedio del pago de los meses de noviembre de 2019, febrero y marzo 2020 del impuesto sobre nómina.

Garantías:
Las personas acreditadas, deberán suscribir un título de crédito correspondiente al denominado Pagaré y un contrato formalizado y ratificado ante notario público e inscrito en el Registro Público de la Propiedad, según corresponda. Asimismo, se deberán otorgar las garantías siguientes: I. Presentar una persona aval. II. Presentar un bien inmueble que fungirá como garantía hipotecaria en primer lugar de preferencia, fianza otorgada por compañía afianzadora, prenda sobre bienes muebles o carta de crédito Stand By, cualquiera de las cuatro anteriores con proporción de por lo menos uno a uno sobre el crédito solicitado.

Requisitos:
I. Solicitud de financiamiento proporcionada por el Fideicomiso, requisitada y debidamente firmada.
II. Proyecto de inversión detallado.
III. Alta o inscripción ante la Secretaría de Hacienda y Público (SHCP) o Servicio de Administración Tributaria (SAT) que permita al Fideicomiso consultar que la persona solicitante haya cumplido en tiempo y forma con sus pagos del Impuesto sobre Nómina Estatal al 27 de marzo de 2020.
IV. Identificación oficial vigente (pasaporte, INE o IFE, cartilla militar o cédula profesional) de las personas físicas solicitantes y de la persona aval. Tratándose de personas morales, identificación oficial vigente (pasaporte, INE o IFE, cartilla militar o cédula profesional) del representante legal o apoderado legal.
V. Constancia de Situación Fiscal emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
VI. Comprobante de domicilio del negocio correspondiente al último recibo de luz pagado, con antigüedad no mayor a 60 días. Tratándose de personas morales, copia simple del acta constitutiva y sus modificaciones inscritas en el Registro Público de Comercio, y en su caso, del poder notarial inscrito en Registro Público de Comercio en donde se especifique que el representante o apoderado legal tiene facultad de firmar títulos de crédito, contratos y actos de dominio.
VII. Formato de autorización para obtener reportes de Buró de Crédito (persona solicitante y persona aval).
VIII. Información financiera con relación analítica de los dos últimos ejercicios fiscales y parcial, con antigüedad no mayor a noventa días naturales. Tales documentos deberán estar firmados por un contador público, adjuntando una copia de su cédula profesional, así como por la persona solicitante. *Los trámites son GRATUITOS , no te dejes sorprender.
IX. Otorgar garantía hipotecaria en primer lugar de preferencia, de no ser posible, fianza otorgada por compañía afianzadora, prenda sobre bienes muebles o carta de crédito Stand By, cualquiera de las cuatro con proporción de por lo menos uno a uno sobre el crédito solicitado.
X. Escritura pública que acredite la propiedad, así como el certificado de libertad de gravámenes con antigüedad no mayor a cuarenta y cinco días naturales y copia del último recibo del pago del Impuesto Predial al corriente.
XI. Avalúo comercial del bien o bienes muebles o inmuebles ofrecidos en garantía con una antigüedad no mayor a 45 días naturales.
Todos los documentos se presentarán en original y copia simple para su cotejo ante el personal del Fideicomiso que reciba la solicitud, a efecto de que sean cotejados, y una vez realizado el cotejo, se devolverán los documentos originales a la persona solicitante.
Para el caso de que la persona solicitante, tenga además un financiamiento vigente en el Fideicomiso o en el Fideicomiso denominado «Fondos Guanajuato de Inversión en Zonas Marginadas (FOGIM)» –siempre que no sean de los derivados de la contingencia ocasionada por el COVID 19-, podrá solicitar este crédito siempre y cuando esté al corriente en los pagos de ese otro financiamiento a la fecha de la solicitud.
Para el caso de que la persona solicitante, tenga además un financiamiento vigente en el Fideicomiso derivado de los Programas Emergentes de Financiamiento 2020, podrá solicitar este crédito siempre y cuando esté al corriente en los pagos de ese otro financiamiento a la fecha de la solicitud y no rebase el monto máximo de $2,000,000 (dos millones de pesos 00/100 m.n.).
Lo anterior, siempre y cuando presente capacidad suficiente de pago y endeudamiento. NOTA: Inicio para recepción de documentos: 4 de mayo 2020.
NOTA: Aplican reglas de operación.

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