RINCON DE TAMAYO RECUPERARÁ, POR LA VÍA LEGAL, MANEJO DEL AGUA

RINCON DE TAMAYO RECUPERARÁ, POR LA VÍA LEGAL, MANEJO DEL AGUA

*La incorporación del del servicio a Jumapa, aprobada por el Ayuntamiento, se hizo de manera ilegal, ya que debió consultarse a la asamblea de usuarios

POR AGP

Celaya, Gto. (9 de enero de 2023).- Usuarios del servicio de agua potable y alcantarillado de la comunidad de Rincón de Tamayo, inconformes con la extinción del Comité Rural de Agua Potable y su traspaso a la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Celaya (Jumapa), aprobado por el Ayuntamiento el pasado 23 de diciembre, llevan a cabo acciones sociales, políticas y legales para revertir la decisión del Ayuntamiento, por considerarla una medida unilateral, abusiva e ilegal, al no convocarse a una asamblea de usuarios, que son los representantes de la comunidad, legítima dueña de la infraestructura que se ha construido a lo largo de los años. Desde 1937 a la fecha.

Así lo manifestaron Florencio León Carrizal, Héctor Arreguín Ortega y Lamberto Alejo León, representantes de los usuarios inconformes, quienes precisaron que tienen tomadas las oficinas del Comité de Agua Potable de la comunidad, y el pasado 7 de enero interpusieron un recurso de inconformidad ante la Secretaría del Ayuntamiento.

Además, están preparado una denuncia que interpondrán, en los siguientes días, ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Guanajuato, por violaciones, entre otros, al Artículo 47 del Reglamento de Agua Potable, Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales en las Comunidades Rurales del Municipio de Celaya, Gto, que tiene su sustento en el Reglamento de Participación y Organización Rural y en la Ley Orgánica Municipal.

El recurso de inconformidad interpuesto ante la Secretaría del Ayuntamiento, se presentó por escrito, como se los solicitaron, para poder instalar una mesa de negociación, donde se analizará la problemática integral; pues, si bien el servicio venía operando con deficiencias, se debe a la mala administración que llevó a cabo el presidente y comité anterior, Juan Carrera, quien fue soplado por la administración de Elvira Paniagua; el gobierno municipal tampoco ha apoyado para invertir en infraestructura y Jumapa no ha prestado el apoyo técnico necesario, que por reglamento deben otorgar al comité rural; pero, principalmente, consideran que los miembros del Ayuntamiento faltaron al debido proceso, al no seguir los mecanismos establecidos para la extinción del comité de agua y entregar la administración del servicio a la Jumapa.

Para la extinción del comité del agua, debieron convocar a una asamblea de usuarios, la única que puede tomar esa decisión; el Ayuntamiento sólo está facultado para intervenir y administrar el servicio, en tanto se solucionen los conflictos entre usuarios, como fue el caso.

En el supuesto de incapacidad para hacer frente a los pagos, reconocieron las deficiencias, por culpa del anterior comité, pero siempre se ha sostenido el servicio; el gobierno municipal tiene años que no le invierte en infraestructura y Jumapa ha faltado en cuanto al apoyo técnico que les debe dar a los comités de las comunidades.

Esperan que el municipio los convoque a las mesas de negociación y que ahí se resuelva el problema, porque los vecinos de Tamayo no van a permitir este despojo, remarcaron. En caso contrario, llevarán a cabo las medidas necesarias para lograrlo, pues los tamayenses son los legítimos dueños de la infraestructura, incluyendo los pozos, aunque las concesiones para la extracción del agua estén a nombre del municipio, porque así lo dispone la ley; los pozos se perforaron en terrenos que donó la gente de Tamayo, desde el primer pozo artesiano en 1923.

LEX DIXIT: DE LA EXTINCIÓN DE LOS COMITÉS RURALES

El Reglamento de Agua Potable, Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales en las Comunidades Rurales del Municipio de Celaya, en su SECCIÓN OCTAVA establece las condiciones para la extinción de los comités rurales:

Es evidente que, para el caso particular, hay aspectos que quedan a la interpretación de las partes o del juzgador.

Primer pozo artesiano en Rincón de Tamayo.

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